viernes, 25 de enero de 2019

Decreto de Inclusión: Resumen e implicaciones.

En esta entrada publico una breve presentación sobre el nuevo Decreto 85/2018, de 20 de noviembre por el que se regula la inclusión educativa del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha.

Como dice en la introducción: “pretende introducir aspectos enriquecedores en relación a la concepción y práctica de la inclusión educativa”, contemplando entre otros aspectos:


  • La regulación de los procesos de identificación de barreras para el aprendizaje a través de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización.
  • Un catálogo de medidas de inclusión educativa que permita  a los centros dar respuesta a todo el alumnado.
  • Creación de programas específicos que posibiliten futuras vías de empleabilidad para la capacitación personal y prevención del abandono escolar.
  • Regulación de aspectos relativos a la escolarización del alumnado en riesgo de exclusión socio-educativa.
  • Definición de diferentes profesionales que dan una respuesta educativa a la diversidad del alumnado.


Niño, Jugar, Estudio, Color, Aprender

Básicamente se persigue que la comunidad educativa (profesorado, familias, asociaciones, entidades e instituciones) realice un esfuerzo común para mejorar el desarrollo de las potencialidades del alumnado, en lugar de centrarnos únicamente en las “necesidades educativas”, como hasta ahora.
Esta normativa conlleva una serie de implicaciones y novedades que analizaré a lo largo de la siguiente entrada.


En primer lugar define inclusión educativa (art. 2) como el “conjunto de actuaciones y medidas educativas dirigidas a identificar y superar las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado y favorecer el progreso educativo de todos y todas, teniendo en cuenta las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones personales, sociales y económicas, culturales y lingüísticas, sin equiparar diferencia con inferioridad, de manera que todo el alumnado pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus potencialidades y capacidades personales”.  

Inclusión, Grupo, Silla De Ruedas

Por tanto, hablamos de un conjunto de medidas que nos permiten IDENTIFICAR BARRERAS con vistas a SUPERARLAS, teniendo en cuenta las diferencias existentes entre el alumnado, para lograr su MÁXIMO DESARROLLO POSIBLE.

Por otro lado, en el Capítulo II ya no hablamos de tres niveles de medidas de inclusión, como hasta ahora, sino de 5 niveles, entendidas como un contínuo, es decir, que debemos agotar un nivel antes de pasar al siguiente:


  1. Medidas promovidas por la administración
  2. Medidas a nivel de centro.
  3. Medidas a nivel de aula.
  4. Medidas individualizadas.
  5. Medidas extraordinarias de inclusión educativa

La finalidad es posibilitar el diseño de actuaciones de enseñanza-aprendizaje de forma que se favorezca la participación de todo el alumnado en el desarrollo de las mismas en igualdad de condiciones, y se potenciarán las medidas de retorno. También se desarrollarán con carácter general, dentro del grupo de referencia del alumno o alumna, posibilitando su participación.

Se introducen nuevas medidas en cada uno de los niveles (algunas aún por desarrollar con nueva normativa). Y señala la necesidad de que queden debidamente recogidas en los diferentes documentos (Proyecto Educativo, Programaciones Didácticas, Propuesta Curricular y Plan de Trabajo) en cada uno de los casos.
En el Capítulo III se hace referencia a la importancia de poner en marcha las medidas adecuadas desde el momento en que se produce la detección de dificultades, independientemente de la edad del alumnado y, por tanto, de la etapa educativa. En este capítulo señala la finalidad de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización.

Pizarra, Niños, Salón De Clases
En el Capítulo IV se aborda la respuesta educativa, recogida en los documentos y que, con criterio general debe llevarse a cabo DENTRO de su grupo de referencia (art. 23). La familia debe quedar informada y participar en este proceso. Y todo ello quedará plasmado en un Plan de Trabajo (art. 24), que debe contener los siguientes apartados:
1)      Aspectos relevantes del alumnado, potencialidades y barreras para el aprendizaje.
2)      Medidas de inclusión educativa previstas.
3)      Los y las profesionales del centro implicados.
4)      Actuaciones a desarrollar con la familia.
5)      Coordinación con servicios externos al centro.
6)      Seguimiento y valoración de las medidas.
El Plan de Trabajo, un documento en el que todos participamos.


La elaboración de este documento debe ser planificado por JEFATURA DE ESTUDIOS, y coordinado por el TUTOR/TUTORA, para lo que contará con el asesoramiento del Equipo o Departamento de Orientación. En el Blog "Familia y Cole" de Jesús Jarque se recogen una serie de plantillas muy útiles para las distintas etapas, así como un pequeño resumen del Decreto.

En el capítulo V se aborda la evaluación, promoción, titulación y certificación del alumno, siguiendo el camino de los Reales Decreto y Decretos de Currículo, así como las correspondientes órdenes de evaluación.

En el Capítulo VI define los recursos personales para dar respuesta al alumnado, incluyendo al Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad, Educador Social, Auxiliar Técnico Educativo, Fisioterapeuta, Técnico Intérprete de Lengua de Signos, profesional sanitario y otros profesionales dentro del Equipo o Departamento de Orientación (arts. 32 y 33).

Cariño, Playa, Padres, Niño, Familia

El Capítulo VII señala la importancia de la participación de la comunidad y, especialmente de la familia, aspecto quizá fundamental, y que ya se está poniendo en marcha desde Atención Temprana, donde la familia es el centro de la intervención.

Finalmente, el Capítulo VIII hace referencia a la evaluación de la propia inclusión educativa, donde previsiblemente se publicará normativa al respecto.

En general conlleva cambios importantes en la práctica del día a día, que podemos resumir en:
-          No habla de necesidades educativas ni de etiquetas, sino de BARRERAS que han de ser superadas y POTENCIALIDADES del alumnado.
-          Mayor participación e implicación de la familia.
-          Necesidad de coordinar y recoger por escrito las diversas medidas que se ponen en marcha, así como informar a la familia y contar con su colaboración.



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Deja tu comentario o petición para poder seguir creciendo. ¡Gracias!

DISCIPLINA POSITIVA (II): OLVIDA LOS PREMIOS... Y LOS CASTIGOS

Esta tarde Pedro y su madre han ido al parque. Pedro tenía muchas ganas de ir, y allí se ha encontrado con un compañero del cole que estaba ...